El presidente Rodrigo Paz Pereira promulgó el Decreto Supremo 5647, que establece un límite máximo de 5% a la variación mensual de las tarifas de electricidad para consumidores regulados, con el fin de evitar incrementos bruscos en el costo del servicio. La norma, publicada en la Gaceta Oficial el 30 de junio de 2026, modifica los decretos 27302 de 2003 y 1301 de 2012 e incorpora mecanismos de estabilización de precios mediante factores semestrales fijados por el ente regulador.El decreto también dispone la creación de fondos individuales para generadores, transmisores y distribuidores del Sistema Interconectado Nacional, donde se registrarán mensualmente las diferencias entre las ventas del mercado spot y los precios de nodo. Incluye además una cláusula de excepción que permite ajustar los factores de estabilización en cualquier mes del semestre si variaciones en el precio del gas natural, el Índice de Precios al Consumidor o el tipo de cambio del dólar amenazan con superar el límite establecido. El Ministerio de Hidrocarburos y Energías será responsable de la aplicación y seguimiento de la norma.
